Objeto:
Fomentar el emprendimiento en la Comunitat Valenciana mediante la concesión de subvenciones a las personas desempleadas que, reuniendo los requisitos indicados en el resuelvo tercero, se establezcan como trabajador autónomo o por cuenta propia en proyectos innovadores
Beneficiarios:
Personas desempleadas inscritas como demandantes de empleo en Labora Servicio Valenciano de Empleo y Formación, que se establezcan como personas trabajadoras autónomas o por cuenta propia y cumplan los requisitos siguientes:
a) contar con un Plan de empresa de la actividad a realizar, que contemple su organización, recursos necesarios, plan financiero y de inversiones y plan de viabilidad para poder llevar a cabo dicha actividad
b) la actividad autónoma debe tener carácter innovador. A estos efectos, se considerará que tiene carácter innovador si cumple alguna de las siguientes condiciones:
-
- Los proyectos que ofrecen alguna novedad o mejora sobre productos o servicios existentes.
- Las actividades en las que se detecte una falta de oferta en el territorio donde la persona trabajadora autónoma vaya a prestar servicios.
c)Las ideas de negocio, en sectores maduros, que den respuesta a necesidades no cubiertas. La persona solicitante debe acreditar tanto la formación a que hace referencia el apartado c.1) como la formación a la que hace referencia el apartado c.2):
- 1.Formación profesional oficial (del sistema educativo o formación profesional para el empleo) o educación universitaria (grado, máster o curso de experto universitario) sobre materias que tengan relación directa con el proyecto de negocio
- 2.Formación no inferior a 70 horas de duración en materia gerencial, de gestión comercial o financiera de marketing digital.
Pueden ser beneficiarias las personas trabajadoras autónomas o por cuenta propia cuando formen parte de comunidades de bienes o sociedades civiles.
Quedan excluídos:
- Socios de sociedades mercantiles, cooperativas y sociedades laborales
- Familiares colaboradores de otra persona que trabaja por cuenta propia
Condiciones para la concesión de la subvención:
- Haberse dado de alta en el RETA o en la mutualidad correspondiente
- Haber permanecido en situación de desempleo manteniendo la inscripción como demandante de empleo en LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación hasta el inicio de la actividad
- Figurar de alta en el censo de obligados tributarios
- No haber realizado la misma actividad o similar como personas trabajadoras autónomas o por cuenta propia en los seis meses anteriores al inicio de la actividad que da lugar a la solicitud de la subvención (se exceptúan los casos de víctimas de violencia de género)
- No haber sido beneficiario ni en el año 2022 ni en el año 2023 de otras subvenciones de Labora
- El proyecto debe tener carácter innovador y reunir condiciones de viabilidad técnica, económica y financiera, lo que precisará el informe de cualquiera de las entidades del Mapa del ecosistema emprendedor de la Comunitat Valenciana.
Cuantía:
- El importe de la subvención asciende a 5.000 euros si la persona beneficiaria es un hombre
- 6.000 euros si es una mujer
- 6.600 euros si es una mujer víctima de violencia de género
Plazo de solicitud: Desde el 14 de mayo al 31 de julio de 2024
Enlace a la convocatoria
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