Solicitudes entre el 8/12/2022 y el 23/01/2023
Fundación Biodiversidad
Subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la ejecución de proyectos y actuaciones que contribuyan de forma sustancial a la sostenibilidad y circularidad de los procesos industriales y empresariales, con el fin de mejorar la competitividad e innovación del tejido industrial en el marco de una economía circular.
Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios las siguientes entidades, siempre que estén legal y válidamente constituidas, y dispongan de un establecimiento o sucursal en España:
Las entidades extranjeras podrán ser beneficiarias si están legal y válidamente constituidas, y disponen de un establecimiento o sucursal en España.
Solvencia que se requiere para optar a las ayudas: únicamente se necesitará solvencia técnica, no siendo necesaria solvencia económica. Se entiende por solvencia técnica que la entidad se haya constituido, al menos, un año antes de la entrada en vigor de la convocatoria de ayudas. La solvencia técnica se acreditará mediante la presentación de la certificación de la inscripción correspondiente en el Registro Mercantil o en el que corresponda. En el caso de nuevas empresas procedentes de una operación de fusión o transformación se entenderá que queda acreditada la solvencia si la cumpliese, al menos, uno de los miembros iniciales.
En el caso de agrupaciones, la solvencia técnica se entenderá acreditada si se cumple por la entidad que ejecute la actividad principal del proyecto.
Actuaciones subvencionables:
Serán subvencionables las actuaciones que contribuyan de forma sustancial a la transición hacia una economía circular en una de las siguientes categorías:
Asimismo, serán subvencionables los proyectos de I+D que se hallen dentro de cualquiera de las categorías a), b) y c), dirigidas a:
- Proyectos de investigación industrial.
- Proyectos de desarrollo experimental.
- Estudios de viabilidad.
Un mismo proyecto no podrá abarcar más de una modalidad de las anteriores.
En el momento de la solicitud, estos proyectos habrán de contar con un informe de calificación de la naturaleza de las actividades emitido por una entidad independiente, o en su defecto, factura proforma correspondiente a dicho informe, que en todo caso será exigido en Fase de
Resolución.
Quedan excluidos de la presente convocatoria:
Los proyectos deben iniciarse una vez presentada la solicitud. Sólo se permitirá realizar con anterioridad actuaciones preparatorias que no sean consideras como “inicio de los trabajos” (autorizaciones, permisos...), si bien sólo serán financiables los gastos realizados a partir de la solicitud del proyecto seleccionado.
Intensidades de las ayudas: se especifican en el gráfico adjunto, en función del tipo de actuación, si esta es de I+D o no, el tipo de proyecto y el tipo de empresa ((pequeña y micro, mediana y no pyme).
Criterios de valoración de los proyectos: se establecen en el Anexo III de las Bases y convocatoria (pag. 168123-168125)
El plazo de ejecución máximo de los proyectos: varía en función del importe de ayuda asignado, finalizando en las siguientes fechas:
a) 31 de diciembre de 2023 para proyectos con ayuda mayor o igual a 150.000 € y menor o igual a 400.000 €.
b) 31 de diciembre de 2024 para proyectos con ayuda mayor a 400.000 € y menor o igual a 2.500.000 €.
c) 31 de diciembre de 2025 para proyectos con ayuda mayor a 2.500.000 € y hasta 10.000.000 €.
El CNAE no constituye un requisito para obtener la condición de beneficiario, no obstante, sí es un criterio evaluable. En aplicación del criterio 3 del Anexo III de la convocatoria, se valorará con 7 puntos el hecho de que el código CNAE de la actividad económica principal de la entidad que presenta el proyecto coincida con alguno de los subsectores prioritarios recogidos en el mismo.
Para consultar dudas se ha habilitado la siguiente cuenta de correo electrónico: economiacircular@fundacion-biodiversidad.es . No se responderán dudas vía telefónica ni mediante reunión presencial.